Artículo 22 de La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y en conformidad con la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para su dignidad y para el libre desarrollo de su personalidad.